miércoles, 7 de marzo de 2012

Las sumas No Remunerativas deben ser informadas

Desde el día 1º de abril de 2012 todos los empleadores que paguen cualquier Suma no Remunerativa, sin importar su carácter o naturaleza,  deberán primero avisarle la  AFIP. Dicha información será obligatoria  debiendo suministrarse a través del micrositio que estará disponible en la pagina web del organismo bajo la denominación  “Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos, DJNR.
De acuerdo a la normativa publicada en e Boletín Oficial el 1º de marzo la AFIP implementó un régimen de información referido a las retribuciones que, bajo el concepto de no remunerativas, se abonen a los trabajadores en relación de dependencia, cualquiera sea el carácter o naturaleza que se les otorgue.
La obligación de informar será de los empleadores y antes de abonar las retribuciones no remunerativas, a partir del día 1º de abril de 2012.
Además, de informar al denominación o conceptos que se abonen considerados No Remunerativos, deberán detallar la normativa ya sea legal o convencional, que los avalen, además de los importes o porcentajes.

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