¿Cuáles son los derechos fundamentales del trabajador?
Son los siguientes:
- Encontrarse correctamente registrada su forma de ingreso, salario, categoría y jornada laboral.
- Contar con una cobertura de salud, ART y aportes jubilatorios.
- Percibir el salario de acuerdo a la categoría del Convenio de Trabajo aplicable.
- Respetarse la jornada máxima de cada actividad.
- Cobrar las horas extras trabajadas.
- Que se le respeten las pausas y descansos obligatorios.
- Percibir las asignaciones familiares que correspondan.
- Gozar de vacaciones pagas por adelantado.
- Que se observen las normas de seguridad e higiene en el lugar de trabajo.
- Que no se alteren las condiciones habituales de trabajo (horario, remuneración, lugar, etc.)
- Ser indemnizados ante un despido.
Relación laboral encubierta
¿Qué ocurre cuando se encubre la relación laboral simulando otro tipo de relación contractual para eludir las obligaciones laborales?
La ley establece que será nulo todo contrato por el cual las partes hayan procedido con simulación o fraude a la ley laboral sea aparentando normas contractuales no laborales, interposición de personas o de cualquier otro medio. En esos casos la relación quedará regida por la ley de Contrato de Trabajo.
Acuerdos firmados para el distracto laboral.
¿Son válidos los acuerdos firmados por las partes para terminar la relación laboral de común acuerdo?
Para que estos acuerdos sean válidos deben realizarse ante la autoridad judicial o administrativa y debe aprobarse resolución fundada de cualquiera que acredite que mediante tales acuerdos se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes. Caso contario queda abierta para el trabajador la vía judicial para reclamar lo que corresponda.
Gastos de justicia
¿El trabajador para hacer un reclamo tiene gastos de justicia?
El trabajador gozará del beneficio de la gratuidad en los procedimientos judiciales o administrativos por reclamos laborales, la vivienda no podrá ser afectada al pago de gastos del juicio en ningún caso.
Notificación verbal
¿Si le dicen a un trabajador que no vaya más a la Empresa, porque lo suspenden o porque no quieren que trabaje más, qué debe hacer?
No es válida ninguna notificación verbal. Si lo van a suspender o despedir deben hacerlo por carta documento, igual que si lo dejan entrar a su trabajo, y trabajar en negro no significa que deban dejar de hacerlo.
EL DISTRACTO LABORAL
Motivos de la terminación laboral por escrito
¿Qué constancia puede pedir a su ex empleador el empleado despedido?
El trabajador a quien se haya notificado la terminación de su relación de trabajo o cuya relación se haya dado por terminado debería tener derecho a que su empleador le extienda, a su pedido, una constancia por escrito en la que se expone el motivo o los motivos de tal terminación (punto 13,1 de la Recomendación nº 166 de la OIT sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982).
Renuncia al empleo
¿Quiere renunciar a su actual empleo, qué debe hacer?
Antes de renunciar sería aconsejable que consulte a un abogado especialista en derecho laboral. Este lo asesorará en la liquidación de los rubros que deberá percibir de su empleador y en la manera adecuada de desvincularse de su empleo.
Trabajo total o parcial en negro
¿Qué debe hacer un trabajador ante una situación de trabajo total o parcialmente en negro?
En estos casos, el trabajador debe intimar al empleador a que registre la relación laboral en debida forma, bajo apercibimiento de considerarse despedido.
En caso de silencio o rechazo por parte del empleador del telegrama del trabajador, éste puede considerarse despedido teniendo derecho a cobrar una indemnización.
Despedido citado a la Empresa
¿Qué hacer cuando, tras darse por despedido, el trabajador es citado a la Empresa?
La experiencia demuestra que no es conveniente que el trabajador vaya a la Empresa a solucionar su situación tras haber intimado y darse por despedido mediante telegrama laboral. En esos casos, es de vital importancia que el trabajador se asesore por un abogado, o que este negocie con el abogado de la Empresa, a los fines de evitar situaciones que pueden ser lesivas para sus derechos.
Enfermedad Profesional
¿Qué debe hacer el trabajador si tiene un accidente o le diagnostican una enfermedad de causa laboral?
En el caso de producirse un accidente o enfermedad laboral el trabajador o un familiar de aviso de forma inmediata al empleador de lo ocurrido para poder contar la cobertura de la ART. Es conveniente que luego el trabajador consulte a un abogado para asesorarle en los derechos que lo asisten y en la indemnización que puede reclamar.
La ART tiene la obligación de brindar asistencia médica hasta que se produzca la curación completa y recibir los pagos mensuales y la indemnización cuando corresponda.
En los casos en los que el empleador no posee ART y se produzca un accidente, el trabajador debe realizar la denuncia del accidente de trabajo o enfermedad profesional ante su telegrama laboral, quien por haber contratado ART está obligado a brindarle la cobertura.
Por El Dr. Rodolfo Tesone