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martes, 11 de septiembre de 2012

Nuevas escalas salariales Sanidad


Las partes representativas de la actividad de sanidad, alcanzadas por el convenio colectivo de trabajo 107/75, han arribado a un nuevo Acuerdo de recomposición salarial.

Por el mencionado Acuerdo se determinó un incremento salarial a abonarse en dos tramos, con vigencia a partir de los meses de agosto y diciembre de 2012.
Entre otros aspectos, se estableció el pago de una contribución extraordinaria de $ 330 por cada trabajador a favor de la FATSA, la cual será abonada en 10 cuotas mensuales de $ 33 a partir del mes de setiembre de 2012, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre de 2012 y junio de 2013.

Asimismo, se dispuso un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual durante la vigencia del presente Acuerdo.

El mencionado Acuerdo salarial se encuentra, hasta el momento, pendiente de homologación.

ESCALA CONVENIO COLECTIVO 107/75




domingo, 12 de agosto de 2012

ATSA 25% para enfermeros y administrativos

ATSA La Plata, confirmó que fue acordado un aumento del 25% para los trabajadores de la sanidad enmarcados en el convenio 107/75 (técnicos, auxiliares, enfermeros, administrativos y personal de mantenimiento entre otros).
Los mismos será abonado en dos tramos y será totalmente remunerativo.
  • 15 %  en agosto
  • 10%  en diciembre. 
De esta manera quedó cerrada la paritaria 2012 para los trabajadores de la sanidad.
Con la mejora y a modo de ejemplo, los enfermeros y personal de esterilización pasarán a percibir al final de la liquidación, un salario básico de 5.000 pesos. El acuerdo es a nivel nacional e incluye a todos los hospitales mutualizados del país.

domingo, 5 de agosto de 2012

Sanida san juan



sábado, 4 de agosto de 2012

trabajadores de Clínicas y Sanatarios acordaron un 25%


La Federación de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) acordó un aumento del 25% para los trabajadores de clínicas, sanatorios, establecimientos geriátricos, psiquiátricos y entidades prestadoras de servicios de salud, según informó el secretario General de ATSA La Plata y Prosecretario de Finanzas de FATSA.

El incremento se concretó en el marco de la paritaria realizada en el ámbito del Ministerio de Trabajo de la Nación y rige a partir del mes de agosto. Se trata de un incremento escalonado a partir del cual, los trabajadores de la salud agrupados en el convenio 122/75 comenzarán a percibir un aumento del 15% durante este mes; un 8% en diciembre y un 2% desde febrero de 2013.

De esta manera, el salario de los enfermeros y el personal dedicado al cuidado de enfermos psiquiátricos también mantiene la capacidad adquisitiva de sus sueldos como hemos obtenido con el resto de los trabajadores de la sanidad gracias al trabajo intenso y mancomunado de los trabajadores y el gremio.

El convenio 122/75 comprende al personal técnico, administrativo y de maestranza de clínicas, sanatorios, institutos con internación, establecimientos geriátricos y sanatorios de neuropsiquiatría.

miércoles, 1 de agosto de 2012

Sanidad nuevas escalas salariales


Con fecha 26 de julio de 2012, la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argetnina (FATSA), y la Cámara Empresaria de Laboratorios Farmacéutica (COOPERALA), junto con la Cámara Argentina de la Industria de Productos Veterinarios (CAPROVE) y la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA) y la Cámara de Especialidades Medicinales (CAEME), partes representativas de la actividad de la Sanidad, correspondientes a la rama Laboratorios de Especialidades Médicas, alcanzadas por el convenio colectivo de trabajo 42/89, han arribado a un nuevo Acuerdo salarial.

En el mencionado Acuerdo, las partes convienen un incremento salarial de pago escalonado con vigencia a partir de julio y diciembre de 2012.


CCT 42/89SALARIO
BÁSICO
JULIO 2012
SALARIO
 BÁSICO
DICIEMBRE 2012
Operarios de producción Mantenimiento y S/Servicios
1) Operarios con título habilitante7.480,577.924,34
2) Operarios de planta química (Calificado especializado)6.831,757.237,03
3) Operarios con oficio-oficiales y calificados especializados6.239,626.609,76
4) Operarios calificados5.644,275.979,10
5) Operarios semi-calificados5.108,795.411,85
6) Operarios no calificados4.602,004.875,00
7) Peón4.384,034.644,10
Personal Administrativo
a) Auxiliar principal6.269,626.609,76
b) Auxiliar de segunta5.644,275.979,10
c) Auxiliar de tercera5.108,795.411,85
d) Auxiliar de cuarta4.602,004.875,00
e) Principiante de administración4.384,034.644,10

Las nuevas escalas salariales han sido presentadas al Ministerio de Trabajo para su homologación.

martes, 3 de julio de 2012

FATSA Acuerdo Salarial Para El CCT 108/75

La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), y la Cámara de Instituciones de Diagnóstico (CADIME), han arribado a un acuerdo salarial que alcanza a los trabajadores bajo el CCT 108/75.

Por el mencionado Acuerdo se establece un incremento salarial a abonarse en tres tramos, con vigencia a partir de los meses de agosto y diciembre de 2012, y febrero de 2013.

Entre otros aspectos, se conviene el pago de una contribución extraordinaria de $ 330 por cada trabajador a favor de la FATSA, la cual será abonada en 10 cuotas mensuales de $ 33 cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre de 2012 y junio de 2013, y por otro lado se dispuso un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual, durante la vigencia del presente Acuerdo.


Escalas Vigentes



Nuevas escalas Emergencias médicas


FATSA y la Federación de Cámaras de Emergencias Médicas y Medicina Domiciliaria, han acordado nuevas condiciones salariales para los trabajadores alcanzados por el convenio colectivo de trabajo 459/06.Comprende a todos los trabajadores de las empresas de emergencias médicas, medicina domiciliaria y traslado de pacientes con fines sanitarios. 

Las partes acuerdan establecer un aumento de los salarios básicos de todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo 459/06, el que se hará efectivo en cuatro tramos.
  • El primero a partir del 1º de Agosto del 2012; 
  • El segundo a partir del 1º de Octubre de 2012;
  • El tercero a partir del 1º de Diciembre de 2012;
  • El cuarto a partir del 1º de Febrero de 2013.


La diferencia entre los salarios básicos vigentes al 31/07/2012 y los aquí acordados, así como los valores resultantes de la incidencia de las nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y convencionales, serán no remunerativos a todos los efectos legales y convencionales, con la sola excepción que sobre dichos montos correspondientes a los aumentos enunciados, se realizarán totalidad de los aportes de los trabajadores, y las contribuciones patronales al Sistema Nacional de Obras Sociales de todo el personal de la empresa.

Absorción
Los aumentos salariales otorgados durante el 2012 "acuenta" podrán ser absorbidos hasta su concurrencia.

En caso que alguna empresa acredite fehacientemente dificultades económico financieras para hacer frente al aumento salarial aquí acordado, podrá negociar con la filial FATSA que corresponda la adecuación de los plazos de vigencia de las cláusulas del presente acuerdo, así como también podrán diferir hasta el mes de enero del 2013, el pago de la diferencia del mayor valor del aguinaldo correspondiente al segundo semestre del 2012, por efecto del aumento salarial aquí acordado.

Las partes acuerdan: 

1.- Anticipar la conversión como remunerativos de los aumentos que surgen del acuerdo firmado el 26 de agosto de 2009 homologado mediante Resolución 1285/09 - a partir del 01/08/2012; 

2.- Prorrogar la excepcionalidad parcial establecida en la cláusula 4 del acuerdo
firmado el 6 de septiembre de 2010 homologada mediante Resolución 1858/10 hasta el día 30/04/2013.

Las empresas deberán garantizar a las trabajadoras que accedan al cobro del beneficio de asignación por maternidad en los términos de la ley 24.714, que el monto que perciban por dicha asignación no sea afectado por efecto de la aplicación de las no remuneratividades pactadas en el presente acuerdo, pudiendo las empresas optar el pago de la diferencia en concepto de gratificación extraordinaria o transformar en remunerativos a todos los efectos la totalidad de las remuneraciones de dichas trabajadoras.

Contribución extraordinaria

Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del CCT 459/06 realizarán una contribución extraordinaria, a favor de la Federación de Asociaciones de
Trabajadores de la Sanidad Argentina, con la finalidad de realizar obras de carácter social, solidario y asistencial, para el mejoramiento de los servicios que presta la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina (OSPSA), en interés y beneficio de todos los trabajadores
comprendidos en la convención colectiva, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 23.551. Esta contribución consistirá en el pago de una suma de pesos trescientos treinta
($330,00), por cada trabajador encuadrado en el Convenio Colectivo 459/06, la que será abonada en diez cuotas mensuales iguales de pesos treinta y tres ($ 33,00), a partir del mes de septiembre, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre 2012 y junio de 2013. El depósito se realizará en la cuenta especial de FATSA que se encuentran a disposición en el sitio web www.sanidad.org.ar
colocando el importe en el campo "Contribución Extraordinaria"

Cuota de Solidaridad

Se establece para todos los beneficiarios del CCT. 459/06 un aporte solidario equivalente al 10/0
de la remuneración integral mensual, durante la vigencia del presente acuerdo. Este aporte estará destinado entre otros fines, a cubrir los gastos ya realizados y a realizar, en la gestión, concertación y posterior control del efectivo cumplimiento y correcta aplicación de los convenios y acuerdos colectivos para todos los beneficiarios sin excepción, al desarrollo de la acción social y la constitución de equipos sindicales y técnicos que posibiliten el desarrollo solidario de los beneficiarios convencionales, contribuyendo a una mejor calidad de vida para los trabajadores y su grupo familiar. Los Trabajadores afiliados a cada uno de los sindicatos de primer grado adheridos a FATSA, compensarán este aporte con el pago del mayor valor de la cuota adicional.


lunes, 11 de junio de 2012

Trabajadores de la Sanidad Argentina inició una campaña de Prevención de Enfermedades Crónicas,para sus trabajadores


La tarea, que está a cargo de profesionales y enfermeros con la colaboración de delegados y dirigentes del gremio, hace foco en las enfermedades de cáncer de cuello uterino, cáncer colorectal, sobrepeso y obesidad. A su vez, busca prevenir las dislipemias, hipertensión arterial, cáncer de mama, prevención del tabaquismo y diabetes, informaron.
La tarea de divulgación es acompañada con charlas y material didáctico impreso, y todas las consultas e inquietudes de trabajadores de la salud son evacuadas en estas reuniones que se han realizado ya en más de 15 establecimientos sanitarios de la zona de la capital bonaerense.
ATSA Filial La Plata es una institución que agrupa a los trabajadores privados de todos los distritos de la Provincia de Buenos Aires, los mismos desarrollan actividades en: clínicas, hospitales particulares, entidades o sociedades Mutualistas entre otros sectores relacionados con la medicina y la salud. En la actualidad nuclea a más de 1000 establecimientos y una cifra aproximada de 15.000 trabajadores.

sábado, 9 de junio de 2012

AUMENTO DEL 25% PARA TRABAJADORES DE LABORATORIO BAGO CON SEDE EN LA PLATA


En el marco de las negociaciones paritarias se acordó con la empresa Bagó  un aumento salarial para los trabajadores del sector de un 25%  sobre los últimos salarios básicos.


Este aumento se hará efectivo en forma escalonada. A partir del 01 de junio será un 19%, y un 6% para el mes de agosto; en este mismo contexto se acordó una bonificación  extraordinaria  para  cada una de las categorías  que,  en  el caso de operario líder asciende a setecientos cuarenta y dos pesos ($742) más una Asignación Única  no Remunerativa Vacacional de setecientos veinte pesos ($720).


El acuerdo que permitirá elevar  el salario básico de un operario especializado a nueve mil ciento cincuenta y cinco pesos ($9.155).


Estos aumentos abarcan a más de 500 trabajadores, entre las plantas que posee la empresa Bagó en la ciudad de La Plata y la localidad de City Bell.


CONVENIO COLECTIVO BAGO - 2012


Paritarias 25% para trabajadores de droguerías

El incremento acordado con los representantes de la Asociación de Distribuidores de Especialidads Medicinales será escalonado: los empleados percibirán un incremento del 16% a partir de junio de este año; un 7% en setiembre y un 2% en enero de 2013.

Las negociaciones paritarias desarrolladas en el marco del convenio 120/75 –que rige la relación laboral en ese sector de la actividad- culminaron esta semana con la firma del convenio en el Ministerio de Trabajo de la Nación. De esta manera, por ejemplo, el salario básico para el trabajador de la primera categoría será, en junio, de 4.976 pesos y en enero, de 5.363.

El acuerdo también incluyó una suba en los adicionales que cobran quienes se desempeñan en las droguerías: el adicional cobranza quedó en 500 pesos; el correspondiente a sala maternal, paso a 590 y la asignación post vacacional se fijó en 475 pesos.

La mejora beneficiará a más de 4.500 trabajadores que desarrollan su actividad en los 43 municipios que abarca ATSA La Plata. En la capital bonaerense y los distritos vecinos.


CONVENIO COLECTIVO 120/75 - 2012