Por el mencionado Acuerdo se determinó un incremento salarial a abonarse en dos tramos, con vigencia a partir de los meses de agosto y diciembre de 2012.
Entre otros aspectos, se estableció el pago de una contribución extraordinaria de $ 330 por cada trabajador a favor de la FATSA, la cual será abonada en 10 cuotas mensuales de $ 33 a partir del mes de setiembre de 2012, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre de 2012 y junio de 2013.
Asimismo, se dispuso un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual durante la vigencia del presente Acuerdo.
El mencionado Acuerdo salarial se encuentra, hasta el momento, pendiente de homologación.
ESCALA CONVENIO COLECTIVO 107/75
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